Responsabilidad de los médicos por el uso de las cosas que utilizaban en el ejercicio de su profesión. Artículo 1768, ultima parte, Código Civil y Comercial de la Nación
I tiakina i:
| Kaituhi matua: | |
|---|---|
| Ētahi atu kaituhi: | |
| Hōputu: | Tuhinga |
| Ngā marau: | |
| Ngā Tūtohu: |
Kāore He Tūtohu, Me noho koe te mea tuatahi ki te tūtohu i tēnei pūkete!
|
Ngā tūemi rite: Responsabilidad de los médicos por el uso de las cosas que utilizaban en el ejercicio de su profesión. Artículo 1768, ultima parte, Código Civil y Comercial de la Nación
- Daños resarcibles causados por los médicos
- Cosa juzgada colectiva en acuerdos transaccionales de consumo
- El artículo 34 del Código Penal : análisis dogmático - III
- La buena fe en el ejercicio de los derechos
- El artículo 34 del Código Penal : Análisis dogmático
- Los poderes de hecho de los jueces: ejercicio de una atribución judicial implícita qeu favorece que un proceso resulte eficaz